Decreto modifica beneficios por colaboración en Colombia

La semana pasada (16 de julio) se expidió en Colombia el Decreto 1523 que modifica la regulación de los beneficios por colaboración de acuerdos restrictivos de la competencia (se puede ver aquí).

Al parecer, este nuevo decreto busca fortalecer los esquemas de incentivos para que las personas y empresas delaten acuerdos anticompetitivos como mecanismo para fortalecer el programa de delación. También busca aclarar algunos temas procedimentales, tales como el momento de entrada de una persona o empresa al programa de beneficios por colaboración.

Algunos de los cambios que trae el Decreto 1523 son:

  • Oportunidad de presentar beneficios por colaboración: Quienes se quieran acoger a los beneficios por colaboración podrán presentar la solicitud en cualquier momento previo a que finalice el término de 20 días para descorrer el traslado del pliego de cargos de la investigación.
  • Reducción al porcentaje de exención: El primer delator será exonerado del 100% del valor de la sanción, el segundo delator tendrá una reducción entre el 30% y 50% del valor de la sanción, y los subsiguientes una reducción de hasta el 25% del valor de la sanción a imponer.
  • Beneficios por delatar la existencia de otros acuerdos anticompetitivos: una excepción a los porcentajes anteriores se puede dar si un delator que no tenga el primer puesto en orden de prelación en una actuación determinada, es el primer solicitante de beneficios por colaboración para deterctar uno o más acuerdos contrarios a la competencia en otros mercados. En dicho caso, recibirá una reducción adicional de 15% de la sanción que le corresponda en la primera actuación.
  • Aplicabilidad: el Decreto 1523 aplica a las solicitudes de beneficios por colaboración que se presenten después de que el Decreto entre en vigencia.

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