Curso sobre acuerdos anticompetitivos en los procesos de contratación pública (UniAndes)

El próximo 12 de ocutbre comenzará un curso en la Universidad de Los Andes (Bogotá, Colombia) sobre acuerdos anticompetitivos en los procesos de contratación pública. Haciendo clic en la imagen de abajo podrán encontrar toda la informción sobre costos, fecha de inscripción,  duración, contenidos y profesores.

Es un curso de educación continua inédito en Colombia y los profesres son que dictarán el curso son del más alto nivel. Abajo encontrarán la transcripción  la presentción del programa.

 

«En la actualidad de la contratación estatal debe abordarse en forma sistemática. Los cambios reglamentarios permanentes los cuales definen el procedimiento de los mecanismos de selección, establecen reglas para las garantías, la publicidad y selección objetiva, son ampliamente desarrollados en el ámbito académico; centrando su preocupación en los procedimientos que la administración pública debe realizar para culminar sin inconvenientes la gestión contractual, dejando de lado temas tan importantes como los acuerdos anticompetitivos y su prevención los cuales tienen gran incidencia en la contratación de las entidades públicas. El Estado como principal consumidor de bienes y servicios, tiene la finalidad de garantizar que los contratos que suscriban las entidades públicas se ajusten a los principios de transparencia, buena fe, responsabilidad y economía; pero además, debe velar por la estabilidad de los mercados y procurar que la adquisición de bienes y servicios se presente dentro de una libre y sana competencia.

La contratación pública desarrollada por la ley 80 de 1993, y sus leyes modificatorias y sus decretos reglamentarios, crean relaciones jurídicas entre entidades estatales y particulares, las cuales son objeto de estudio por el derecho de la competencia. En esta medida, tanto entidades públicas, contratistas del Estado como organismos de control, deben propender para que no ocurran acuerdos anticompetitivos que distorsionen la competencia en los procesos contractuales estatales. Estos acuerdos dentro del derecho de la competencia se denominan acuerdos colusivos o colusiones en contrataciones públicas. Es así como el Decreto 2153 de 1992 prohíbe los acuerdos que se presenten entre proponentes en un proceso de selección pública que se encaminen a la distribución de adjudicaciones de contratos, la distribución de concursos o la fijación de términos de las propuestas; lo que implica responsabilidades adicionales a las conocidas dentro de la contratación pública. Esta norma en el marco de la contratación pública ha sido poco atendida por parte de los proponentes en procesos de selección y los funcionarios de las entidades públicas, por considerarse de manera errónea, el derecho de la competencia un asunto eminentemente de derecho privado.

Estos aspectos resultan relevantes con la expedición de la ley 1340 de 2009, que aumentó considerablemente las sanciones administrativas que pueden darse en estos casos y la preocupación creciente del gobierno frente a los actos de corrupción en la contratación, que sin lugar a duda conciben un descontento generalizado en la ciudadanía. Resulta de esta manera oportuna y necesaria la difusión de las normas en materia de protección de la competencia desde el punto de vista exclusivamente del derecho administrativo, en consideración a que la colusión conlleva a la distorsión de los mecanismos de evaluación en los procesos de selección desarrollados por las entidades públicas.»

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