La Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (“CNDC”) de Argentina ha emitido una resolución por medio de la cual obliga a Cablevisión S.A., empresa líder en el mercado de la televisión por cable, a que incluya en su grilla de programación a la señal CN23.
La resolución establece que el ingreso de la señal CN23 al mercado de la televisión por cable resulta imposible dado la posición de dominio que ostenta Cablevisión en dicho mercado. Por esta razón, la CNDC obligó a Cablevisión a incluir a la señal CN23 en condiciones no discriminatorias, es decir, en condiciones y precios de mercado. La conducta imputada es el abuso de posición dominante (sancionado por el artículo 4 de la Ley N° 25.156 de Defensa de la Competencia) lograda mediante la obstaculización al ingreso o la permanencia de un competidor en un mercado (articulo 2 inciso f) de la Ley).
A fines de 2007, la CNDC había aprobado la adquisición por parte de Cablevisión de su principal competidor, Multicanal. Posteriormente, en 2010, la CNDC determinó que Cablevisión había incumplido las inversiones prometidas las cuales habían sido críticas para que la CNDC aprobara la operación. Finalmente, la CNDC ordenó la desinversión por parte de Cablevisión de los activos y señales adquiridas como consecuencia de la operación. Actualmente, esa resolución de la CNDC se encuentra apelada en la Justicia.