Se prohíben las fusiones verticales en el sector de energía eléctrica en Colombia

Por medio de la Resolución No. 95 de 2007 la Comisión de Regulación de Energía y Gas – CREG (Colombia), en concordancia con el artículo 74 de la Ley 143 de 1994, prohibió la realización de operaciones de integración vertical (vías absorción) entre una empresa que presta el servicio público de energía eléctrica (constituidas con anterioridad a la vigencia de la Ley 143 de 1994) y una empresa que desarrolle las actividades de transmisión, generación y distribución de energía eléctrica.

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