Está disponible en la página web de la Corte Constitucional la Sentencia C-537 de 2010 por medio de la cual declaró la exequibilidad condicionada del aparte del artículo 24 de la Ley 1340 de 2009 que establece la doctrina probable en materia de libre competencia.
¡En breve comentarios!
De acuerdo con la sentencia C-537 de 2010 (que declara la exequibilidad condicionada del artículo 24), la Corte no parece haber estudiado bien un punto denunciado por los actores:
Cuando se había dicho que no había fundamento Constitucional claro para crear dicha figura para la SIC, se estableció que contrario a lo que sucede con las Altas Cortes (que son órganos de cierre de su respectiva jurisdicción), la SIC no es órgano de cierre de NADA!
El problema con eso es que eventualmente dicha ‘doctrina probable’ se puede ver modificada por el Consejo de Estado cuando revise los actos administrativos de la SIC, y la figura quedará en una inocuidad más que absoluta.
Aparte de eso, parece que la exposición hecha por el Magistrado Juan Carlos Henao es impecable.
Muchas gracias.
no gracias a ti por hablarnos de esta forma tan fácil de digerir, no tienes idea de como me ayudaste!! 🙂