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	<title>Comentarios en: Legislaciones de América Latina</title>
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		<title>Por: Juan David Gutiérrez R.</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Juan David Gutiérrez R.]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 14 Apr 2010 11:35:59 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[Estimada Vanessa, mil gracias por sus amables palabras. En efecto en una entrada anterior en este blog reseñé la expedición del decreto que usted menciona. Por simple falta de tiempo no he incorporado todos los enlaces de las leyes a esta sección y su comentario es una buena invitación a hacerlo. Voy comenzar incluyendo la norma de Ecuador. tengo entendido que el Proyecto de Ley está un poco enredado en el Legislativo. ¡Sería excelente si usted pudiera mantenernos informados sobre su status! saludos, JD]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Estimada Vanessa, mil gracias por sus amables palabras. En efecto en una entrada anterior en este blog reseñé la expedición del decreto que usted menciona. Por simple falta de tiempo no he incorporado todos los enlaces de las leyes a esta sección y su comentario es una buena invitación a hacerlo. Voy comenzar incluyendo la norma de Ecuador. tengo entendido que el Proyecto de Ley está un poco enredado en el Legislativo. ¡Sería excelente si usted pudiera mantenernos informados sobre su status! saludos, JD</p>
]]></content:encoded>
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		<title>Por: María Vanessa Guillem Briones</title>
		<link>http://lalibrecompetencia.com/legislacion-y-casos-de-latam/#comment-169</link>
		<dc:creator><![CDATA[María Vanessa Guillem Briones]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 14 Apr 2010 00:09:04 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[Hola Juan David:
Felicidades por el gran trabajo que realizas junto a otros colegas preocupados por el desarrollo y la difusión del Derecho de la Competencia sobre todo en América Latina.

Me parece importante, para el conocimiento de todos, comentarles que Ecuador ya cuenta con un decreto que establece las normas para la aplicación de la Decisión 608 de la CAN (DECRETO 1614 DEL 14 DE MARZO DE 2009). El gobierno se dió cuenta (luego de algunos años porque había pasado desapercibida) de la existencia de la Decisión 616 que le otorga aplicabilidad a la Decisión 608 dentro del Ecuador. Pues procedieron rápidamente con la publicación del mencionado decreto, que ha sido un buen paso tomando en cuenta que estamos en pañales respecto a la materia. Sin embargo seguimos a la espera de que el Proyecto de Ley Orgánica de la Competencia, Control y Regulación de los Monopolios que ha sido promovido y socializado por el Minisiterio de Industria y Productividad, pase de una vez por todas al legislativo. Esperamos tener buenas noticias este año.   

Saludos,
VAnessa Guillem
Esp. Derecho de la Competencia y del Libre Comercio]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola Juan David:<br />
Felicidades por el gran trabajo que realizas junto a otros colegas preocupados por el desarrollo y la difusión del Derecho de la Competencia sobre todo en América Latina.</p>
<p>Me parece importante, para el conocimiento de todos, comentarles que Ecuador ya cuenta con un decreto que establece las normas para la aplicación de la Decisión 608 de la CAN (DECRETO 1614 DEL 14 DE MARZO DE 2009). El gobierno se dió cuenta (luego de algunos años porque había pasado desapercibida) de la existencia de la Decisión 616 que le otorga aplicabilidad a la Decisión 608 dentro del Ecuador. Pues procedieron rápidamente con la publicación del mencionado decreto, que ha sido un buen paso tomando en cuenta que estamos en pañales respecto a la materia. Sin embargo seguimos a la espera de que el Proyecto de Ley Orgánica de la Competencia, Control y Regulación de los Monopolios que ha sido promovido y socializado por el Minisiterio de Industria y Productividad, pase de una vez por todas al legislativo. Esperamos tener buenas noticias este año.   </p>
<p>Saludos,<br />
VAnessa Guillem<br />
Esp. Derecho de la Competencia y del Libre Comercio</p>
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